Federalismo fiscale e Costituzione : una comparazione fra Spagna e Italia
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Loprieno, Donatella
Balaguer Callejón, Francisco
Massa Gallerano, Greta
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Dottorato di ricerca in Impresa, stato e mercato, XXIII ciclo, a.a. 2009-2010; ABSTRACT - TESIS DOCTORAL
Federalsimo Fiscal y Constitución. Una comparación entre España e Italia
Dott.ssa Greta Massa Gallerano
Università della Calabria y Universidad de Granada
La presente Tesis doctoral – ‘El federalismo fiscal. Una comparación entre
España e Italia’– tiene por objeto la cuestión central de la organización institucional
y política del Estado descentralizado, y en especial la garantía de los derechos y su
efectiva realización a través de la capacidad financiera de sus distintos niveles
institucionales.
La Tesis doctoral está dividida en cuatro capítulos.
En el primer Capítulo hemos intentado presentar el tema de investigación, el
método cientifico utilizado (es decir, el metodo constitucional – comparado
entendido, según la doctrina häberliana, como “comparación cultural” entre los
territorios europeos), así como las motivaciones de la comparación entre el
ordenamiento español y el italiano. El núcleo de la investigación ha sido identificado
en el análisis de la autonomía financiera garantizada por la Constitución a los
territorios, y en el relativo vínculo de ésta con los principios constitucionales de
igualdad, solidaridad, autonomía y leal colaboración (Bundestreue).
El interrogante principal se ha referido, por consiguiente, a la posibilidad de
individualizar un ‘equilibrio’ entre las exigencias de autonomía financiera de los
territorios, y de los referidos principios constitucionales de autonomía, solidaridad e
igualdad (interterritorial e interpersonal). En particular, nos hemos preguntado si la
actuación de una fuerte decentralización financiera, en los dos Estados, puede
producir una agresión del principio constitucional de igualdad – y causar disparidad
de trato entre los ciudadanos según de donde éstos tengan su residencia – o, por
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contra, puede dar lugar a un mejor equilibrio del sistema público y de la garantía de
los derechos civiles y sociales.
Para encontrar respuesta sobre tal cuestión – además de analizar los sistemas
constitucionales y normativos de federalismo fiscal de España e Italia – ha sido muy
relevante el análisis de unos factores políticos, sociales y económicos que
caracterizan los territorios de los dos Estados investigados y que se unen,
inescendiblemente, a la autonomía financiera. Nos referimos, sobretodo, a la fuerte
polarización económica y social entre los distintos territorios (en Italia, incluso, una
de las más fuerte de Europa); al papel jugado por los partidos políticos territoriales, y
por la negociación bilateral entre el Estado y los territorios; a la calidad del
Presupuesto público, de las inversiones públicas y de los servicios prestados, y, por
último, a la indispensable correponsabilidad fiscal por parte de los territorios.
La primera parte de la tesis doctoral recoge, en fin, las razones de la
comparación entre los sistemas de federalismo fiscal español e italiano, los cuales se
concretizan, en síntesis, en la voluntad de individualizar en el sistema autonómico
español, bajo el perfil de la financiación de las CCAA, el modus operandi para un
Estado como Italia, donde el actual proceso de descentralización financiera – junto a
los fuertes desequilibrios territoriales de renta – lleva el riesgo de aumentar la
disparidad de trato según el lugar de residencia, y de romper la ya débil cohesión
social del País.
A través de la comparación jurídica – constitucional hemos intentado, por lo
tanto, encontrar los puntos de contactos, las divergencias y los posibles escenarios
futuros para España e Italia. En particular, el análisis de la experiencia española se ha
efectuado antes de la italiana por dos razones fundamentales. Ante todo, porque el
elevado nivel de maduración de la descentralización financiera, la más larga
experiencia española en este campo, así como la atenuación del desequilibrio
económico y social entre las distintas CCAA, pueden indicar los caminos practicables
y aquello que, por contra, puede intensificar la tensión entre los referidos principios
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constitucionales. La segunda razón se identifica el lo que hemos definido como
‘suplemento de investigación’ (‘supplemento di indigine’); es decir, el análisis del
sistema de financiación especial de las Islas Canarias, con el fin de profundizar en el
empleo de medidas fiscales particulares (‘fiscalità di vantaggio’) – para aquellos
territorios económicamente menos desarrollados – tanto desde la perspectiva
constitucional, como desde la perspectiva comunitaria.
En el tercer y cuarto Capítulo hemos reconstruidos, respectivamente, las
experiencias constitucionales, normativas e históricas del federalismo fiscal español e
italiano. Siendo los principios constitucionales de igualdad, solidaridad y autonomía
base teórica de la investigación, para los dos ordenamientos se han analizado los que
se han considerado los aspectos fundamentales para la actuación de la autonomía
financiera. Es decir: la estructuración del sistema de perecuación financiera y, por
tanto, los criterios utilizados para la distribución de los recursos entre los territorios,
los cuales están relacionados con el principio de solidaridad y con la garantia de la
igualdad entre todos los ciudadanos; la coparticipación territorial en los impuestos del
Estado (o ‘territorialización de los impuestos’), la cual, si por un lado es importante
para la responsabilización en la gestión territorial de los recursos, por otro puede
estructurar un sistema de federalismo fiscal muy competitivo. Además, en estos dos
Capítulos ha sido analizada la jurisprudencia constitucional sobre la autonomía
financiera y, así, la fundamental contribución de la jurisdicción constitucional en la
realización de los sistemas constitucionales de federalismo fiscal en los dos Estados.
En el último Capítulo – es decir, el Capítulo sobre la perspectiva comparada y
comunitaria – hemos analizado los escenario actuales de federalismo fiscal en Italia y
en España: así pues, para Italia, la Ley n. 42/2009 (Delega al Governo in materia di
federalismo fiscale, in attuazione dell’art. 119 Cost.); y para España, el último
modelo de financiación de las CCAA aprobado en el julio de 2009, y la relativa
reforma de la LOFCA.
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Sin embargo, antes de analizar dichas leyes, ha sido oportuno remarcar el actual
escenario de crisis económica que están viviendo estos dos Estados (y en general,
toda Europa), las relativas medidas financieras adoptadas por lo gobiernos, y las
posibles consecuencias de esta crisis sobre el proceso de descentralización financiera
(sobre todo en Italia), en términos de costos y de sostenibilidad de los nuevos
modelos de financiación.
También en esta parte de la investigación nos hemos detenido, para Italia, en la
indentificación de los costos estándar – es decir, el quantum suficiente, homogéneo y
mínimo para asegurar la prestación de servicios públicos fundamentales, recogidos en
la Ley n.42/2009 sobre Federaslimo fiscal –, en los mecanismos de percuación, y en
la la territorialización de los impuestos. En lo que se refiere al último modelo de
financiación de las CCAA en España, nos hemos detenido ahora en el papel
desarrollado por las Reformas Estatutarias (sobre todo en Cataluña), en la
determinación de los nuevos criterios para la distribución de los recursos entre los
territorios (contenido en el último modelo de financiación) y en el aumento de los
impuestos cedidos a los territorios (50% del IRPEF y de la IVA). En refencia al caso
catalán, además, se han analizado los contenidos sobre financiación de la sentencia
del Tribunal constitucional sobre el ‘Estatut Catalán’, n. 31/2010.
En la parte final de la investigación, como se ha adelantado, hemos examinado
el sistema especial de financiación de las Islas Canarias y, en consecuencia, hemos
comparado dicho sistema con la eventual actuación de medidas fiscales particulares
en Italia (‘fiscalità di vantaggio’), a la vista del art. 119, apartado V de la
Constitución, de la Ley n. 42/2009 sobre Federalismo fiscal y, también, de la reciente
jurisprudencia comunitaria en esta materia. En particular, las Islas Canarias gozan
tanto de, lo que hemos definido como, ‘cobertura’ constitucional (Disposición
Adicional tercera de la Constitución), como de una distinta actuación del derecho
comunitario para la realización de medidas fiscales particulares. Así, hemos intentado
imaginar un hipotético escenario en el que se pudieran llevar a cabo, también, tales
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medidas fiscales en los territorios italianos económicamente menos desarrollados. Sin
embargo, el análisis comparado nos ha llevado a concluir que la eliminación – por
parte del legislador de revision constitucional – de la referencia a la explotación del
Mezzogiorno y de las Islas, así como la (según nosotros) errada colocación de esta
tematica en la Ley n.42/2009, podrían delinear un marco no necesariamente favorable
para las regiones económicamente más desfavorecidas. El tema de la ‘fiscalità di
vantaggio’, finalmente, nos ha llevado a profundizar en el análisis de los vínculos
comunitarios en relación a la realización del federalismo fiscal, y, en particular,
deteniéndonos en la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
europea en esta materia. En particular, ha sido examinada la así llamada sentencia
sobre el ‘impuesto sobre el Lujo’ (C-106/08) de la región Sardinia, y los (posibles)
límites que la misma ha puesto a la actuación de la autonomía financiera en virtud del
principio europeo de no discriminación.
La Tesis doctoral concluye con la referencia a los principios constitucionales
ilustrados en la primera parte de la misma, y ha intentado contestar las preguntas
inicialmente indicadas, a la luz de los diversos escenarios analizados en la
investigación. En particular, nos hemos referido a los problemas causados por la
evidente ‘indefinición’ constitucional en materia de financiación de los territorios
tanto en Italia, como en España; problemas que pueden afectar tanto a la actuación de
la solidaridad interterritorial y de la igualdad sustancial, como al desarrollo
económico, social y cultural de estos territorios.; Università della Calabria, Dipartimento di scienze giuridicheSoggetto
Federalismo fiscale - Diritto costituzionale